Miami (EE.UU.).- La empresa estadounidense cazatesoros Odyssey aseguró hoy que el argumento de España de que un tribunal de EE.UU. no posee jurisdicción para fallar sobre la propiedad de un tesoro valorado en 500 millones de dólares estimula la "piratería" y el "saqueo" de los yacimientos arqueológicos.
España reclama el retorno a su custodia de "todos los objetos tomados por Odyssey del yacimiento" submarino y "fundamenta la protección" de "La Mercedes" en "pruebas y principios jurídicos", señaló el Ministerio español de Cultura el martes pasado en un comunicado.
Se trata de un argumento "peligroso" (el que esgrime el Estado español) que animaría sin duda al "saqueo" y la "piratería", antes que a la "recuperación arqueológica apropiada" y la "adjudicación legal de los derechos" de propiedad, indicó Odyssey en un comunicado.
El mensaje derivado de la moción presentada por España en el tribunal estadounidense donde se dirime la querella daría alas a la idea de que "si tú encuentras un resto arqueológico submarino", lo mejor es que "no lo traigas a un tribunal", opinó la empresa.
El Gobierno español presentó el lunes pasado ante un tribunal de Tampa (Florida) las pruebas de que el barco del que Odyssey extrajo en 2007 un tesoro de 500.000 monedas de plata y oro es la fragata española "Nuestra Señora de las Mercedes", hundida en 1804.
España reclama el retorno a su custodia de "todos los objetos tomados por Odyssey del yacimiento" submarino y "fundamenta la protección" de "La Mercedes" en "pruebas y principios jurídicos", señaló el Ministerio español de Cultura el martes pasado en un comunicado.
Para España, los restos de la fragata "La Mercedes" se encuentran protegidos por el principio jurídico de inmunidad soberana, por ser ésta un barco de la Armada Española y pertenecer además a un cementerio marino militar.
Sin embargo, Odyssey reiteró que España ha obviado en su reclamación un asunto medular: el barco del que las autoridades españolas aseguran que se extrajo las monedas transportaba "cargamento comercial, y esa carga pertenecía principalmente a los comerciantes".
Pese a que "La Mercedes figura como navío militar, "la naturaleza de su viaje fue claramente comercial" y la investigación arroja que, "en el momento de su hundimiento, se hallaba comprometida en una actividad comercial de entrega de mercancía" y transporte de pasajeros, aseveró Oydssey.
Un hecho, precisó la empresa de exploración submarina con sede en Tampa, que debe impedir que prevalezca el principio de inmunidad soberana.
Por ello, "el tribunal tiene jurisdicción" sobre las monedas recuperadas del naufragio codificado con el nombre de "Cisne negro" y que la empresa Odyssey halló el año pasado en aguas del Atlántico.
Para el abogado James Goold, que defiende los intereses de España, es "un hecho histórico muy bien documentado" que el navío español "La Mercedes" se hundió "con más de 250 españoles abordo, entre marinos y ciudadanos", tras entrar en combate con una fragata británica en el Atlántico, posiblemente cerca de Cádiz.
Goold calificó además de "ficción" y de "ridículo" el argumento de Odyssey de que la fragata española no estaba comprometida en una misión militar.
A juicio del Estado español, las pruebas presentadas son "abundantes y definitivas" para determinar que el barco del que Odyssey extrajo las 17 toneladas de monedas de plata y oro es la fragata "La "Mercedes", y que ésta se encuentra protegida por la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera (FSIA, por su sigla en inglés).
Oydssey no niega que la hipótesis de que se trate de "La Mercedes" sea la más probable, pero sostiene que aún no hay pruebas suficientes para determinar de qué navío se trata.
En ese sentido, el presidente y cofundador de Odyssey, Greg Stemm, dijo a Efe el martes pasado que todo lo presentado por España no pasa de ser "pruebas circunstanciales" y que "los arqueólogos españoles cometieron algunos significativos errores en su evaluación".
Además, explicó Stemm, la reclamación de España parece descartar el "factor más importante" para determinar si "La Mercedes" estaría protegida por el principio de inmunidad soberana: conocer si el navío "estaba en una misión exclusivamente no comercial".
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