Toledo.- El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado un recurso de casación de la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que en diciembre de 2006 dictó que no era apropiado el trazado de AVE en construcción entre Motilla del Palancar (Cuenca) y Valencia porque afectaba a hábitat naturales.
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado un recurso de casación de la Abogacía del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que en diciembre de 2006 dictó que no era apropiado el trazado de AVE en construcción entre Motilla del Palancar (Cuenca) y Valencia porque afectaba a hábitat naturales. EFE/Archivo
Así lo ha fallado el TS en una sentencia fechada el 8 de septiembre y a la que hoy ha tenido acceso Efe.
La AN había estimado parcialmente una demanda presentada por la asociación Iniciativa Cívica por Albacete contra una resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras de febrero de 2003 sobre el estudio informativo del proyecto de construcción de la línea ferroviaria de Alta Velocidad.
Si bien la AN no admitió la principal demanda de esta asociación cívica albaceteña -que se eligiese un trazado más al sur que el escogido por el Ministerio de Fomento, para que la ciudad de Albacete sea un futuro nudo ferroviario-, sí que consideró que el trazado por Motilla no respetaba preceptos medioambientales.
En concreto, una directiva europea sobre conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres en las hoces del río Cabriel, Guadazaón y Ojos de Moya y en las sierras de Utiel, Negrete, Popé y el Tejo.
Según la sentencia de la AN, aun cuando el trazado de la línea férrea no discurra estrictamente dentro del perímetro protegible de los LIC y las ZEPA, sí afecta significativamente a esos espacios y a sus valores medioambientales.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS no ha admitido el argumento de la Abogacía del Estado acerca de que las administraciones garantes de la Red Natura 2000 son la Unión Europea y las comunidades autónomas respectivas.
"La Administración General del Estado, en cuanto promotora de la línea de Alta Velocidad para cuya aprobación tiene plena competencia, es precisamente la obligada a respetar las exigencias medioambientales inherentes al proyecto", ha especificado el magistrado ponente, Manuel Campos.
Campos firma la sentencia junto a los magistrados Ramón Trillo, Eduardo Espín, José Manuel Bandrés y María Isabel Perelló.
Un análisis más "detenido" se relata en la sentencia respecto a un segundo argumento que ha esgrimido la Abogacía del Estado, no obstante también rechazado.
Éste era referido a los perímetros adicionales de los espacios naturales protegidos y, en principio, el TS da la razón al Estado en cuanto a los razonamientos sobre la legislación aplicable.
Pero a continuación indica que "es la propia Administración del Estado la que ha venido a reconocer -en la declaración de impacto ambiental del subtramo objeto de recurso- cómo el proyecto de línea ferroviaria, precisamente por sus características y por su cercanía a aquellos espacios protegidos, afecta de modo significativo a algunos de éstos".
En enero de 2007, en una rueda de prensa tras conocer la sentencia de la AN, una portavoz de Iniciativa Cívica por Albacete pidió que se paralizaran las obras hasta que no se conociera si el Estado recurriría (recurso que se produjo dos meses después, en marzo de ese año), y ya entonces advirtió de que las obras estaban avanzadas.
Por contra, a comienzos de 2007 el Ayuntamiento de Motilla del Palancar reclamó que no se paralizaran las obras y en un comunicado señaló que el municipio "es el centro de toda la estructura del AVE Madrid-Valencia".
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