Murcia.- Murcia, 10 feb (FE).- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucional presentada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia contra dos artículos del Código Penal en la redacción que les dio la ley de 2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Restos de la sangre en el portal contiguo a la entrada al edificio de Alcantarilla (Murcia) en el que una mujer brasileña murió el pasado mes de octubre víctima de la violencia de género. EFE/Archivo
El Juzgado murciano considera que va contra la Carta Magna el contenido de uno de los párrafos incorporados al artículo que regula la protección contra las amenazas.
En concreto, el que determina la pena a imponer al que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad.
La cuestión de inconstitucionalidad ha sido planteada en un proceso que se tramita en dicho Juzgado y cuya sentencia ha quedado paralizada hasta que se pronuncie el Alto Tribunal, que ha dado quince días a quienes son parte en el mismo para personarse en el citado recurso.
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