MADRID.- El fiscal del Tribunal Supremo Jaime Moreno sostuvo hoy en el Tribunal Supremo que el ex minero José Emilio Suárez Trashorras conocía los planes terroristas de Jamal Ahmidan, 'El Chino', el líder de la célula islamista que cometió los atentados del 11-M, y que este extremo no se puede acreditar en el caso del ex confidente Rafa Zouhier a pesar del "carácter necesario de su intermediación" entre los yihadistas y la trama asturiana que facilitó los explosivos.
El fiscal del Tribunal Supremo Jaime Moreno sostuvo hoy en el Tribunal Supremo que el ex minero José Emilio Suárez Trashorras conocía los planes terroristas de Jamal Ahmidan, 'El Chino', el líder de la célula islamista que cometió los atentados del 11-M, y que este extremo no se puede acreditar en el caso del ex confidente Rafa Zouhier a pesar del "carácter necesario de su intermediación" entre los yihadistas y la trama asturiana que facilitó los explosivos.
La intervención del fiscal cerró las tres jornadas que se han celebrado ante la Sala de lo Penal del alto tribunal para analizar los 31 recursos de casación presentados a la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en octubre de 2007 por los atentados del 11-M, en la que 21 de los 28 procesados fueron condenados a penas de entre 3 y 42.924 años de cárcel.
Tras su intervención, el presidente de la Sala, Juan Saavedra, agradeció la labor desarrollada por todas las partes y el público que ha asistido a las sesiones y dejó el procedimiento visto para sentencia. Según fuentes jurídicas, el fallo podría adelantarse a finales de este mes.
"LA IMPLICACIÓN DE TRASHORRAS NO OFRECE DUDAS"
En su turno de impugnación a los recursos de casación a la sentencia del 11-M presentados por las defensas de los condenados, el representante del Ministerio Público señaló que la implicación en los atentados de Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años de prisión como cooperador necesario de la masacre, "no ofrece dudas".
Moreno sostuvo este argumento a partir de la frase que el menor conocido como 'El Gitanillo', que transportó explosivos a Madrid en autobús por orden de Trashorras, oyó que el ex minero le dirigía a 'El Chino' cuando ambos visitaban la explotación asturiana de 'Mina Conchita': "Acuérdate de coger puntas o tornillos". "Se refería a algo que ya estaba tratado", apuntó el fiscal.
En relación con Zouhier, condenado a diez años de cárcel como colaborador y al que la representación de las víctimas considera cooperador necesario de los atentados, el fiscal señaló que su labor para poner en contacto a los terroristas con la trama asturiana de los explosivos resultó "absolutamente imprescindible, básica y esencial", a pesar de lo cual "no consta que conociera siquiera en términos generales la acción terrorista concreta".
A ello añadió que el ex confidente de la Guardia Civil no estuvo "en ninguna de las operaciones de suministro concreto" de explosivos y que, si conocía la posibilidad de utilizar la dinamita con los que traficaba Trashorras en acciones terroristas, era "en abstracto". A partir de estos argumentos, apuntó que no sería "lógico" modificar la condena que le impuso la Audiencia Nacional.
'EL EGIPCIO': "LA SENTENCIA ITALIANA NO ES FIRME"
En relación con el recurso planteado por la defensa de Rabei Osman, 'El Egipcio', señaló que el argumento de que éste haya sido juzgado por los mismos hechos en Italia o en España "resulta indiferente" porque la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea ampara el doble enjuiciamiento y "sólo lo impedirá cuando una de las sentencias sea de carácter firme".
De igual modo, rebatió el argumento utilizado por el abogado de 'El Egipcio', Endika Zulueta, en el sentido de que la pertenencia de su cliente a la célula 'yihadista' no estaba fundamentada en hechos concretos indicando que en la sentencia de instancia existe un "mosaico completo" de pruebas "descrito de forma profusa y amplia" que "dibujan todo un grupo interconectado en lugares y en actividades, del que es miembro y con el que tiene relación". En relación con las conversaciones intervenidas a 'El Egipcio' que fundamentaba su condena, indicó que su "validez" está "acreditada".
En nombre de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, el abogado José María Fuster-Fabra calificó "de ornitorrinco procesal" el escrito presentado por la defensa de Osman porque, según indicó, contempla su recurso a las pruebas por las que fue condenado por pertenencia, impugna los recursos de las acusaciones y se adhiere al escrito de la Fiscalía en lo relativo a la absolución del delito de inducción de los atentados.
Según indicó, el objetivo de esta parte es modificar los hechos probados de la sentencia de la Audiencia Nacional, que le consideraba miembro de "una célula terrorista de carácter yihadista" para poder "modificar la sentencia italiana". En este contexto, concluyó su exposición afirmando que "lo que se preguntan los familiares es cómo es posible que, declarando la sentencia española e italiana que es un terrorista, no haya sido condenado".
El letrado Gonzalo Boye, que también representa a un grupo de víctimas de la masacre, destacó que los argumentos utilizados por la defensa de Osman ya fueron desestimados en Bélgica en el caso de Mourad Chabarou, condenado en este país por su relación con el Grupo Islámico Combatiente Marroquí. En una conversación entre ambos, 'El Egipcio' daba por por muerto a Fouad El Morabit Anghar y al resto del grupo de Madrid y señalaba, al ser preguntado por su interlocutor, que "todos los jóvenes, Sarhane y todos los hermanos, Fuad y los demás" se encontraban "con Dios" tras la inmolación. "Todo el grupo al completo", añadía.
Boye también aprovechó su exposición para solicitar una "nueva jurisprudencia" para la tipificación de los delitos relacionados con el terrorismo islamista, al entender que la actual, que exige para dictar una condena criterios como la jerarquía y la permanencia en el tiempo, no se ajusta al funcionamiento de estas células.
EL CASO DE BOUCHAR
En relación con Abdelmajid Bouchar, condenado a 18 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista y depósito de explosivos, el fiscal rechazó la tesis de las acusaciones según la cual debe ser considerado autor del atentado porque vivía en el piso de Leganés (Madrid) en el que se suicidó la célula islamista. Según expuso, las responsabilidades penales y civiles de éstos "no han sido enjuiciadas" por haberse extinguido tras su muerte.
Por su parte, el fiscal Fidel Cadena rechazó los recursos de casación planteados para condenar a Antonio Toro, al que las acusaciones consideran cooperador necesario de los atentados, al indicar que la sentencia acredita que no intervino en el suministro de explosivos, no estuvo presente en la reunión en la que se habló de los explosivos y su único contacto con Zouhier estaba relacionado con el tráfico de hachís
En esta última fase de la vista, el letrado Antonio García, que defiende a Pilar Manjón y otras víctimas, parafraseó al fiscal Luis Navajas indicando que "los que no están" en la sentencia del 11-M son los miembros de la célula que se suicidaron en el piso de Leganés y los que consiguieron huir tras los atentados.
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