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La CE ordena devolver las ayudas a multinacionales españolas a partir de 2007

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economía, finanzas, política, ue, españa
EFE
Actualizado 28-10-2009 20:28 CET

Bruselas.-  La Comisión Europea declaró hoy ilegales las deducciones fiscales a las empresas españolas al adquirir compañías extranjeras y ordenó la devolución de estas ayudas, aunque la medida no afectará a operaciones previas a diciembre de 2007 como la compra de O2 por Telefónica o la de Scottish Power por Iberdrola.

(EFE)

El secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña. EFE/Archivo

El Ejecutivo comunitario afirmó hoy que el sistema español de deducciones fiscales para la adquisición de acciones de empresas extranjeras incumple las leyes de la UE, al considerar que el régimen "favorece de forma injustificada a las entidades españolas y distorsiona la competencia en el mercado común".

Las compañías que deberán reembolsar al Estado las cantidades desgravadas serán las que comenzaron a beneficiarse del régimen a partir de diciembre de 2007.

Esto no afectará a algunas de las mayores operaciones realizadas recientemente por empresas españolas, como la compra de O2 por Telefónica y la de Scottish Power por Iberdrola, llevadas a cabo antes de la citada fecha y que podrán seguir disfrutando de las deducciones durante veinte años, como establece la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

El secretario de Estado español de Hacienda, Carlos Ocaña, anunció hoy que el Gobierno no recurrirá esta decisión e incluso mostró su "satisfacción" por ella, ya que no ha sido retroactiva, en declaraciones a Efe.

España ha mantenido negociaciones durante tres años -desde antes de que se iniciara la investigación oficial- y al final la Comisión ha respetado el "principio de confianza legítima", permitiendo que no haya retroactividad y con el compromiso español de suprimir el artículo que permite las deducciones, explicó Ocaña.

El secretario de Estado afirmó que las deducciones que deberán ser devueltas por las empresas españolas serán cantidades "absolutamente mínimas" porque las compañías dejaron de recurrir a las mismas cuando conocieron la apertura del expediente.

La CE, por el contrario, mantiene que la suma a devolver será "muy elevada", dijo a Efe el portavoz comunitario de Competencia, Jonathan Todd, quien no pudo precisar su cuantía concreta.

La Comisión "no cuenta con datos precisos" sobre el montante de las deducciones de las que se han beneficiado las compañías españolas ni sobre cuáles son estas empresas, ya que el Gobierno español "no ha dado una respuesta clara" a la petición de información de Bruselas, señaló el portavoz.

El Ejecutivo comunitario "espera que las autoridades españolas cumplan en su totalidad la decisión adoptada hoy y que, por lo tanto, informen sobre el dinero que debe ser recuperado y procedan a recuperarlo".

En caso de incumplir la decisión de la CE, España podría ser llevada al Tribunal de Justicia de la UE.

La Comisión comenzó a investigar el régimen fiscal español en octubre de 2007 a raíz de las preguntas de varios eurodiputados, así como denuncias formales que sostenían que el régimen español era ilegal.

Las preguntas parlamentarias se referían en concreto a operaciones como la compra de O2 por Telefónica y de Scottish Power por Iberdrola, y las ofertas de Sacyr, Albertis y Cintra para la concesión de las autopistas en Francia.

El régimen español, que está vigente desde enero de 2002 y no fue notificado a Bruselas antes de su aplicación, establece una excepción al sistema fiscal general español al permitir la amortización del fondo de comercio, incluso cuando no se unen la empresa adquirente y la adquirida en una sola entidad.

Las excepciones del sistema sólo se aplican a las participaciones en empresas extranjeras y se supedita a la adquisición de más del 5 por ciento de la firma objetivo, sin que resulte necesario conseguir su control.

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