Madrid.- Después de meses de negociaciones, el Ministerio de Cultura da por terminada la Orden Ministerial que desarrolla la Ley de Cine, en lo referente al régimen de ayudas públicas, y envía a la Comisión Europea un texto que contenta a productores, películas medianas y premia la discriminación positiva.
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, durante la presentación el pasado 7 de octubre en la sede del Ministerio de los presupuestos de su departamento para 2010. EFE/Archivo
Esta misma semana, la ministra Ángeles González-Sinde y el director general del ICAA, Ignasi Guardans, cerraban más de seis meses de reuniones, durante las que todos los sectores han aportado su grano de arena y que se encallaron por la protesta de un grupo de cineastas independientes que se consideraban discriminados cuando en un principio Cultura apostaba por las grandes producciones.
Cultura envía ahora esta Orden a la Comisión Europea para solicitar la aprobación del régimen de ayudas públicas, un requisito obligatorio. El texto será publicado en el BOE en los próximos días y se aplicará a partir del año 2010. El dictamen de la Comisión se conocerá en las próximas semanas.
En esta Orden se regulan exclusivamente las ayudas públicas que tienen carácter centralizado y establece, en primer lugar, lo que una empresa productora puede considerar coste a efectos de poder recibir una ayuda pública, exigiendo como novedad que los largometrajes vayan acompañados de una auditoría.
Regula las ayudas públicas destinadas a la financiación, creación y producción de distintos tipos de obras audiovisuales, así como las de su distribución, que, como novedad, sólo pueden recibir los distribuidores independientes de películas iberoamericanas o europeas, incluidas las españolas, preferiblemente en V.O.
Además, por primera vez, se recogen las dirigidas a cubrir los gastos que faciliten la accesibilidad al cine de discapacitados visuales o auditivos, y se contemplan las ayudas de promoción de la cinematografía en España y en el exterior a través de festivales; las dirigidas a la formación no reglada y a la conservación de películas.
En general, estas ayudas tienen un límite máximo general, que puede alcanzarse o no y que es el del 50% del presupuesto de lo que es objeto de subvención. En el caso de las películas, existe otro límite máximo, el del 75% de la inversión del productor.
Las ayudas a los cortometrajes no han variado prácticamente, pero las películas para televisión recibirán subvención siempre y cuando tengan desenlace final, no duren más de 200 minutos y puedan emitirse en dos partes sin perder su carácter unitario.
Las ayudas a la producción de series de animación, otra novedad, comparten buena parte de su régimen con las de las películas para televisión, aunque con criterios, cuantías, requisitos y plazos propios.
Las dedicadas a guión se conciben ahora como el primer escalón del sistema y sus beneficiarios serán los guionistas, no los productores, aunque no es indispensable que el guión se transforme en película para poder cobrar la ayuda.
Las ayudas al desarrollo de proyectos se destinarán a la búsqueda de localizaciones, casting y gestiones económicas, entre otros, y el beneficiario deberá iniciar el rodaje en un plazo determinado.
El límite máximo de la ayuda al proyecto se ha fijado en un millón de euros, una suma muy importante que deja la puerta abierta a las producciones de "mucha envergadura".
Una misma película puede obtener la ayuda al desarrollo, al proyecto y la automática basada en el número de espectadores, pero, entonces, no podrá optar a la ayuda a la amortización complementaria.
En todas se introduce un criterio de discriminación positiva de género y entre dos proyectos con la misma puntuación se dará preferencia al proyecto dirigido o escrito por una mujer hasta un máximo del 50 por 100 de los proyectos aprobados.
Todas las películas que se estrenen en salas de cine, cualquiera que sea su presupuesto, tienen derecho a la ayuda general a la amortización de largometrajes, lo que se calcula multiplicando el 15% del número total de espectadores por el precio medio de la entrada en España en el año anterior.
La cantidad se corrige con un coeficiente por cada espectador que supera los 35.000, de forma que se "premian" los espectadores a partir de esa cifra, computando no sólo el de las salas de cine, sino también el de los festivales, las descargas legales, así como la venta y el alquiler de DVD, en beneficio así de aquella películas de calificadas "de autor" que se ven en otro tipo de espacios. El máximo que se puede obtener así es de 800.000 euros.
La ayuda complementaria está reservada a largometrajes con un coste reconocido igual o superior a 600.000 euros. Su cálculo se establece en función de un sistema de puntos, que establece que cada punto es equivalente a 10.000 euros, y sólo se obtiene ayuda si se logran al menos 6 puntos, basados en los premios en festivales, si es un documental, si es para niños, si es de animación o independiente, entre otros.
La orden establece también que el límite máximo de la ayuda complementaria queda fijado en 1.200.000 , por lo que, según el Ministerio de Cultura, "todas las películas pueden llegar a obtener apoyo público con independencia de su coste, y de su naturaleza más o menos comercial".
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