Málaga.- El ex alcalde de Marbella Julián Muñoz ha sido absuelto de las faltas que le imputaban en relación a un incidente con dos periodistas en el que uno de ellos sufrió el atropello de un pie por parte del vehículo en el que viajaba el denunciado.
El ex alcalde de Marbella Julián Muñoz a su salida del Juzgado de Instrucción número 1 de Marbella. EFE/Archivo
Según la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella, facilitada hoy a Efe, el juicio de faltas se incoó en relación a unos hechos ocurridos en la ciudad entre las 12:00 y las 13:00 horas del pasado día 2 de junio cuando Muñoz se encontraba en un establecimiento situado en el Paseo de San Pedro.
Al percatarse Muñoz de la presencia de los periodistas, los cuales estaban elaborando un reportaje para una cadena de televisión nacional, éste abandonó el lugar y olvidó un maletín que llevaba inscritas las menciones "alcalde" y el sello del Ayuntamiento de Marbella.
En su "precipitada" salida del lugar en un vehículo conducido por otra persona, el coche atropelló el pie izquierdo del cámara, quien escuchó cómo el ex alcalde decía al conductor "dale caña".
Los empleados del establecimiento ocultaron el maletín, tras lo que acudieron agentes de policía para identificar a los periodistas y comunicarles que Muñoz les iba a denunciar.
En la sentencia se señala que los hechos probados "no son constitutivos de infracción penal alguna" y que el único incidente de eventual relevancia penal sería el atropello de uno de los denunciantes.
Sin embargo, los denunciantes insistieron en que no querían denunciar por el atropello, que en todo caso fue responsabilidad del conductor, sin que existan indicios suficientes para proceder contra él, según se señala en los fundamentos de derecho de la sentencia, que añade que la víctima manifestó que no sufrió lesiones.
También se indica que "las incidencias o el entorpecimiento de la labor de los periodistas por parte de la persona que está siendo objeto de noticia, salvo que exista una amenaza, una injuria, un insulto, una lesión o una vejación, no es objeto de protección penal".
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