Brasilia.- El Supremo Tribunal de Brasil allanó hoy el camino para abolir la Ley de Prensa impuesta por la dictadura militar en 1967, pero dejó pendiente el fallo definitivo, así como una sentencia sobre la exigencia de título para los periodistas.
El año pasado, el Supremo Tribunal suspendió la vigencia de 22 de los 77 artículos de la Ley de Prensa, por considerar que violan preceptos constitucionales y democráticos. EFE/Archivo
Tras un debate que se prolongó durante más de cuatro horas, el presidente del Supremo Tribunal, Gilmar Mendes, decidió suspender la sesión, para que sea retomada el próximo 15 de abril, debido a la imposibilidad de llegar hoy a una decisión definitiva en ambos asuntos.
Durante la sesión, dos de los once magistrados llegaron a emitir su voto en favor de la eliminación total de la Ley de Prensa que rige en el país desde 1967, y que el juez Carlos Ayres Britto, relator del caso, calificó sin tapujos de "absolutamente incompatible con la democracia" y la Constitución nacional.
El año pasado, el Supremo Tribunal suspendió la vigencia de 22 de los 77 artículos de la Ley de Prensa, por considerar que violan preceptos constitucionales y democráticos.
Algunos de los artículos suspendidos dan lugar a prácticas de censura y otros castigan con penas de cárcel más severas de las establecidas en el Código Penal delitos como la calumnia, injuria y difamación, cuando son cometidos por periodistas.
El diputado y periodista Miro Teixeira, autor de la acción contra la Ley de Prensa, declaró ante el tribunal que no se trata de estar en favor o en contra de los intereses de medios o periodistas, sino "del propio pueblo", que tiene derecho a ser informado sin censuras ni normas que puedan imponer una mordaza.
Admitió que "alguien tiene que fiscalizar" a la prensa, pero apuntó que "existen órganos públicos que lo hacen siempre con mucha eficiencia" y argumentó que "nadie mejor que el pueblo" para hacerlo.
Según afirmó hoy el magistrado Ayres Britto, la Constitución brasileña contiene medios "más que suficientes" para "defender" a las personas que eventualmente puedan ser afectadas por excesos o delitos cometidos por la prensa, por lo que consideró que ni siquiera es necesaria una ley particular sobre el asunto.
El magistrado Eros Grau respaldó el voto de Ayres Britto, con lo que alentó las esperanzas de dueños de medios de comunicación y de sindicatos de periodistas, que han cerrado filas por la anulación de la ley dictada por el régimen militar que gobernó el país entre 1964 y 1985, y de cuyo inicio se cumplieron 45 años esta semana.
Así como quedó pendiente ese fallo, también se postergó para el 15 de abril próximo la discusión de una demanda presentada por el Sindicato de Empresas de Radio y Televisión, que exige la abolición de una norma impuesta también por la dictadura, que impone la obligatoriedad del título universitario para ejercer el periodismo.
En ese punto, las divergencias entre los dueños de medios de comunicación y los sindicatos de periodistas son totales.
Los empresarios sostienen que recoger y transmitir información es un derecho de cualquier ciudadano, consagrado en la Constitución y que exigir un diploma sólo "empobrece al periodismo" e "impide que talentos de otras áreas ejerzan la noble actividad de informar".
La Federación Nacional de Periodistas, que ha organizado esta semana diversas manifestaciones en favor del diploma, niega que el título suponga una "reserva de mercado" y afirma que certifica que una persona se ha preparado debidamente para ejercer la profesión.
La obligatoriedad del título, sin embargo, está suspendida desde el año 2001, debido a un fallo de un juez regional que fue luego respaldado por el Supremo y consideró que esa exigencia contraría principios establecidos en la Constitución Nacional, como el derecho a la libertad de expresión y opinión.
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