Se pusieron a bucear por internet y encontraron la oferta de su vida. PC City vendía televisiones de plasma por sólo 1,19 euros. Todo apuntaba a que era un error, pero merecía la pena intentar la compra. Víctor y José María compraron seis televisores —el máximo que la máquina les permitía sin alterar el precio del producto— y, aunque cinco meses después siguen sin recibir el pedido, la ley les da la razón.
Guárdate los catálogos hasta comprar el producto.
Todos hemos escuchado alguna vez que "el cliente siempre tiene la razón" y sin embargo, a la hora de presentar quejas y reclamaciones no siempre hacemos uso de este lema. Al final nos puede la pereza o el 'total, ¿para qué?'. Sin embargo, con la ley en la mano, los consumidores podemos llevar las de ganar. De ahí que Víctor y José María hayan emprendido su particular cruzada contra PC City, que se niega a entregarles los televisores alegando en su defensa que se trataba de un error tipográfico.
¿Qué pasa ahora? De momento ellos han llevado el caso a los tribunales y, en principio, la ley está de su parte. Según el artículo 8 de la Ley general de defensa de consumidores y usuarios, la publicidad es vinculante. En otras palabras, el comprador puede exigir siempre aquello que aparece en la oferta publicitaria. Da igual que sea en el panfleto que nos dejan en el buzón o a través del spam que llega a nuestro correo electrónico.
De todas formas, desde la Unión de Consumidores y Usuarios, no descartan que aunque lo normal es que en casos de errores publicitarios el consumidor salga victorioso, ésta pueda ser una excepcionalidad. "Está claro que se trata de un error tipográfico, pero el precio es demasiado irracional y raya el absurdo. El establecimiento puede basarse en eso", aclaran desde UCE.
De todas formas no sería la primera vez que un consumidor se lleve el gato al agua por un error de este tipo. La tienda virtual Óptize tuvo que pagar un total de 9.200 euros de multa tras una denuncia interpuesta por FACUA-Consumidores en Acción, por negarse a entregar un producto argumentando un "error tipográfico" en su precio. Un despiste les llevó a vender una cámara digital, de la marca Canon modelo Ixus i7 Zoom, por 15,30 euros.
Las empresas se amparan en dos cláusulas que aparecen siempre en los folletos publicitarios y en las promociones por internet: 'hasta fin de existencias y salvo error tipográfico'. Eso sí, en letra pequeña. La idea es evitar casos como estos dos. Sin embargo, las organizaciones de consumidores advierten que "éstas no tienen ninguna utilidad". "Las ponen porque hay gente que pica pero en realidad no sirven de nada", comenta José Carlos Cutiño de UCE.
Un error tipográfico convierte la publicidad en engañosa y siempre que induce a error del destinatario, éste sale beneficiado. Un caso muy típico es el de la venta de jamón. Es muy frecuente que se olviden de poner en las promociones el precio acompañado de la unidad de medida (euros/kilo). "Con el catálogo en la mano, el consumidor puede alegar que ése es el precio de la unidad y no del kilo", explican desde UCE. Por eso, insisten en que no tiremos el folleto publicitario para documentar cualquier tipo de reclamación.
Se busca llamar la atención económica y también visual. Con el objetivo de presentar un producto bonito muchas veces se acompaña de cosas que no se venden bajo el mismo precio. "Si no se desvincula los productos puedes exigir que, por ejemplo, con la compra de un botellero te den también las botellas de vino", explica Cutiño. Y añade, "las grandes cadenas comerciales lo tienen controlado pero estos fallos son muy frecuentes en pequeños comercios". En los catálogos de juguetes que en estas fechas están a la orden del día procuran estar muy alerta. Es raro que se les olvide la famosa frase de 'las pilas se venden por separado'.
Y cuántas veces nos habrá pasado que recibimos una promoción, vamos a por ella... y ya no queda. La ignorancia nos ha hecho conformarnos en muchas ocasiones con la situación pero "no puede ser que te promocionen un producto un día y que al día siguiente no lo haya, hay que ser consecuente y ser capaces de asumir la demanda", advierte la UCE.
Desde la UCE insisten en que no debemos conformarnos. Este tipo de ofertas se utilizan como reclamo para que la gente entre en superficies comerciales —"sobre todo ahora que estamos en Navidad y la gente acude con urgencia a por regalos y compras de última hora"— y eso es ilegal. Según la legislación, "la oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude".
¿Qué hacer en un caso así? La clave es no darse la vuelta e ir a buscar otra cosa porque eso es lo que querían. La idea es conseguir que el consumidor entre en la superficie, sobre todo ahora que con la crisis hay que llamar la atención como sea. Una vez dentro...¡ya comprarán otra cosa! Las asociaciones de consumidores aseguran que estamos en nuestro derecho de exigir un producto con las mismas características y con las mismas condiciones económicas. Sólo podríamos conformarnos si nos aseguran que recibiremos el producto ofertado en un plazo de tiempo prudente.
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