Murcia.- El dictámen de los expertos en derecho de aguas Eduardo García de Enterria y Antonio Fanlo, catedráticos ambos de derecho administrativo, concluye que seis artículos de la reforma del estatuto de Castilla-La Mancha son inconstitucionales porque, entre otras cuestiones, se arrogan competencias del Estado.
El presidente de Castilla-La Mancha, José María Barreda (i), junto al diputado del PP, Leandro Esteban, durante el pleno del Congreso que debatió la toma en consideración del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
El dictámen, elaborado por encargo del Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura, consta de cien páginas y se refiere al título 7º, sección 1ª, de la citada reforma estatutaria, en la que se incluye "la política del agua", en la que solo los artículos 99 y 105 serían constitucionales.
Además el dictámen considera inconstitucionales tanto el artículo 21-1J, que reconoce el derecho preferente de los ciudadanos de Castilla-La Mancha al uso de sus recursos hídricos, como los 5 apartados de la disposición transitoria 1ª, en los que aparece la fecha de caducidad del trasvase Tajo-Segura en el año 2015 y varios puntos contrarios al acueducto.
El asesor jurídico del SCRATS, José Manuel Claver, manifestó en rueda de prensa que de aprobarse esa reforma ningún gobierno podría llevar a cabo un trasvase, porque la mayoría de cuencas hidrográficas atraviesan el territorio castellano-manchego, y las competencias para tal proyecto pasarían por el beneplácito de esa comunidad.
Claver advirtió que si se aprobase la reforma del Estatuto con tales artículos inconstitucionales, para cambiar el articulado se necesitaría primero que dos tercios del Parlamento de Castilla-La Mancha lo aprobase, después por mayoría absoluta en las Cortes Generales y, finalmente, por referendo en Castilla-La Mancha.
Uno de los párrafos considerados como muy perjudiciales por el SCRATS es aquel en el que se dice que una vez que entre en vigor el Estatuto "deben estructurarse los regadíos del Segura conforme al agua disponible en esa cuenca", mientras que en otro apartado se indica que los castellano-manchegos deben velar para evitar cualquier transferencia de agua de las cuencas hidrográficas de las que forma parte.
"Castilla-La Mancha está en todas las cuencas hidrográficas de España, excepto en la del Miño, con lo que se arrogaría la llave definitiva para aprobar cualquier tipo de trasvase", agregó.
Comentó además la inconstitucionalidad que supondría fijar que esa comunidad autónoma pueda emitir un informe determinante ante cualquier trasvase, cesión de derechos o transferencias de agua, o que participen en los órganos de gestión del trasvase Tajo-Segura según una proporción a su extensión territorial.
En general, el dictámen recoge que las materias sobre el agua no son propias de los Estatutos de Autonomía, y se vulnera la Constitución Española en el artículo 149.1.22 que atribuye competencias exclusivas al Estado en cuanto a las aguas en cuencas intercomunitarias.
A este dictámen se une otros dos encargados por el Ejecutivo de Murcia y por el Partido Socialista de la Región de Murcia, que coinciden en considerar inconstitucional los citados artículos sobre el agua, y que han sido remitidos a las Cortes y al Gobierno central para su toma en consideración a la hora de abordar en detalle la reforma del estatuto castellano-manchego.
Preguntado por la Iniciativa Legislativa Popular que ha iniciado el PSRM-PSOE para defensa del trasvase, Claver dijo que es "más fácil" que recoger medio millón de firmas el llegar al Congreso una proposición de ley aprobada por la Asamblea Regional en la que se defienda el acueducto, y recordó que el SCRATS ya ha presentado en las Cortes 120.000 firmas de apoyo al Tajo-Segura.
El presidente del SCRATS, Francisco del Amor, recordó que desde hace cuatro años vienen defendiendo el trasvase tras los continuos ataques que desde la clase política de Castilla-La Mancha se vienen produciendo contra esta obra para el abastecimiento humano y regadío agrícola del Levante español.
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