Madrid.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado la resolución de servicios mínimos dictada por el Ministerio para el paro convocado mañana por los secretarios judiciales y ha establecido que sólo los secretarios que atiendan el Juzgado de guardia están obligados a prestar los mínimos.
Según ha informado en un comunicado el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (CNSJ), que había recurrido los servicios mínimos fijados por Justicia, el TSJM ha estimado su demanda en una resolución dictada in voce por la Sala de lo Contencioso-administrativo.
Además ha admitido la medida cautelar solicitada por el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, de tal forma que los servicios mínimos únicamente comprenderán a los secretarios judiciales destinados en órganos constituidos en servicio de guardia.
Los secretarios judiciales han convocado para mañana un paro de tres horas en protesta por la decisión de Justicia de sancionar con dos años de suspensión de empleo y sueldo a la secretaria judicial del Juzgado de lo Penal de Sevilla cuyo titular, Rafael Tirado, no ejecutó la sentencia que condenaba por abusos a su hija al presunto autor de la muerte de la niña de Huelva Mari Luz Cortés.
El Ministerio de Justicia había fijado en un 30 por ciento los servicios mínimos en el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y en cada una las Audiencias Provinciales para garantizar el mínimo perjuicio a los ciudadanos durante el paro, porcentaje que en los Juzgados de Instrucción elevó al 50 por ciento.
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