MÁLAGA.- El ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y cuatro ex ediles marbellíes se conformaron hoy con una pena de un año de prisión y 10 de inhabilitación por un delito urbanístico al conceder varias licencias para la construcción de tres fases de una promoción por parte de la empresa Algabamar II. Además, se acordó nueve meses de cárcel para otros dos ex concejales.
El ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y cuatro ex ediles marbellíes se conformaron hoy con una pena de un año de prisión y 10 de inhabilitación por un delito urbanístico al conceder varias licencias para la construcción de tres fases de una promoción por parte de la empresa Algabamar II. Además, se acordó nueve meses de cárcel para otros dos ex concejales.
El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga tendrá que dictar sentencia, aunque el titular adelantó en la vista de hoy el fallo, tras el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y las defensas de los acusados, quienes mostraron su conformidad con las modificaciones realizadas sólo en cuanto a la pena por la acusación pública, que inicialmente pedía dos años de cárcel para los acusados.
Además de Muñoz, se condena a la misma pena a Rafael González, Mario Jiménez, Marisa Alcalá y Dolores Zurdo; mientras que para Francisco Javier Lendínez y José Luis Troyano se acordaron nueve meses de prisión y 10 años de inhabilitación. Asimismo, se pospuso hasta el 27 de octubre el juicio respecto a cuatro de los acusados Alberto García, Tomás Reñones, Manuel Calle y José Luis Fernández Garrosa, por no estar ellos o sus abogados.
Este caso, según el escrito inicial de la acusación pública, la comisión de gobierno, presidida por Muñoz como alcalde accidental e integrada por González, Jiménez, Calle, Alcalá y Zurdo aprobó el 6 de noviembre de 1998 la concesión de la licencia al proyecto básico de la primera fase de una promoción para edificar 100 viviendas en Nueva Andalucía. El 29 de enero del 99, los mismos aprobaron el proyecto de ejecución.
Asimismo, según relata el fiscal en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, en comisión de 16 de julio de 1999, integrada por Muñoz, González, Alcalá, Troyano, Fernández Garrosa, Reñones, García y Lendínez acordó dar licencia al proyecto básico y al de ejecución de la segunda fase, que autorizaba 90 viviendas. El 15 de octubre de 1999, éstos otorgaron la licencia al proyecto básico y al de ejecución de una tercera fase, con 60 viviendas.
El fiscal señala que las licencias se otorgaron "pese a que las mismas autorizaban a edificar en un suelo que de acuerdo con las normas urbanísticas vigentes aplicables, constituidas por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1968, vigente en aquel momento, estaba clasificado como suelo rústico y con la calificación de suelo rústico de control".
Esta configuración, según precisa el escrito, con la adaptación a un real decreto, pasó a ser la de suelo no urbanizable y por tanto "incompatible con la autorización concedida", lo que conocían los acusados, "quienes decidieron autorizar dicha construcción sobre la base de su presunta adecuación a las determinaciones del documento de revisión del planeamiento", que no había sido aprobado y que finalmente fue rechazado.
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