Santander.- El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado al Ayuntamiento de Laredo a indemnizar con cerca de 64.000 euros a un vecino por los daños psiquiátricos y las secuelas padecidas por los ruidos procedentes de un bar situado bajo su vivienda, por no haber hecho cumplir sus ordenanzas municipales.
En la imagen, el interior de un bar.
El TSJC eleva así la indemnización que previamente había fijado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander, que condenó al Consistorio a abonar al perjudicado 6.000 euros por los daños sufridos por los ruidos, una suma que ahora se multiplica por más de diez (hasta 63.953,31 euros).
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC enfatiza que los daños físicos y morales están acreditados en este asunto, dado que, de acuerdo con los informes forenses, este vecino ha sufrido síntomas depresivos, ansiedad y estrés, que han repercutido en el desarrollo de su actividad académica, laboral y cotidiana.
No obstante, remarca que el Juzgado no señala, "siquiera de forma general", los criterios en los que se basa para reconocer esa suma de 6.000 euros, que, a su entender, no está "motivada".
Recuerda, aludiendo a sentencias anteriores del Supremo y de otros tribunales superiores, que la exposición prolongada a elevados niveles de ruido, con grave peligro para la salud de las personas (como ocurre en ese caso), puede implicar una vulneración de los derechos a la integridad física y moral y a la intimidad recogidos en la Constitución.
Destaca la "gravedad" de este caso, ya que los ruidos no sólo afectaron al recurrente sino también a sus padres, ya fallecidos, que tuvieron que soportar niveles de ruido de 47,2 decibelios frente a los 30 decibelios autorizados por la ordenanza del Ayuntamiento de Laredo.
Esta situación, que se prolonga desde el año 2001, les obligó incluso a tener que pernoctar en alguna ocasión en su barca de pescadores.
La Sala incide en que los ruidos continúan porque "no consta que la actividad del bar haya cesado", y añade que el Consistorio tan sólo se ha limitado a señalar que ha realizado nuevas mediciones acústicas.
Por todo ello, el TSJC ha elevado la indemnización que deberá percibir el vecino de acuerdo con los baremos indemnizatorios que se utilizan en el ámbito de la circulación de vehículos de motor, de forma que reconoce la suma de 24,617 euros por cada día de lesiones.
Establece que el Ayuntamiento tendrá que pagar esa cantidad diaria desde la fecha en que se iniciaron las denuncias (12 de diciembre de 2001) hasta el día en que los ruidos "cesen definitivamente".
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