Las Palmas de Gran Canaria.- La Audiencia de Las Palmas acordó hoy suspender el juicio contra el ex alcalde de Firgas Francisco Ponce Gil, entonces del CCN, y tres ex concejales de la corporación por un presunto delito continuado de prevaricación por problemas de salud del que fuera primer edil.
La Audiencia Provincial de Las Palmas suspendió hoy el juicio contra el ex alcalde de Firgas Francisco Ponce y tres ex concejales por problemas de salud del edil. En la imagen, los tres ex concejales Asunción Nuez, José Manuel Marrero y Alfonso Marrero (i-d) durante la vista.
El tribunal señaló la nueva vista para el próximo día 29 de septiembre, tras aceptar la petición de suspensión formulada por la la abogada del ex alcalde, quien aportó la documentación médica sobre el estado de su defendido, de 76 años de edad.
El ex alcalde al igual que los tres concejales, Asunción Nuéz Arencibia, José Manuel Marrero Navarro y Alfonso Marrero Marrero, todo ellos entonces también del CCN, se enfrentan a una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un periodo de 10 años, que en el caso de Ponce se eleva a doce años por reincidir en los hechos.
Francisco Ponce fue condenado en 2002 a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación y los hechos que se juzgan ahora se refieren a presuntas irregularidades advertidas en la concesión de tres licencias urbanísticas.
Según el escrito de la acusación, el ex alcalde y los otros tres acusados celebraron el 2 de diciembre de 1994 una sesión ordinaria de la comisión de gobierno del Ayuntamiento, a la que también asistió el secretario Domingo Arias, pero sin facultad de tomar decisiones.
La comisión acordó entonces otorgar licencias urbanísticas para la construcción de viviendas unifamiliares a Leandro Quintana Sánchez y a Antonio Pérez Lantigua, pese a los informes desfavorables del secretario del Ayuntamiento y de la oficina técnica municipal.
Los informes señalaban que como habían quedado anuladas las normas subsidiarias del planeamiento de Firgas por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el suelo donde se solicitaba autorización para construir tenía la consideración de rústico.
El Ayuntamiento no podía otorgar la licencia sin la previa autorización de la obra por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias, que remitió meses antes, el 18 de julio de 1994, un escrito al Ayuntamiento para que se abstuviera de conceder licencias de obras en suelo clasificados como urbanos en las normas anuladas.
Según el citado escrito, en ambos casos la aprobación dada por el Comisión de Gobierno se efectuó teniendo constancia los asistentes de haber sido anuladas las normas subsidiarias municipales, "hecho de conocimiento público y notorio".
Por otra parte, en la sesión de la comisión de gobierno de 2 de diciembre de 1994 se acordó desistir del recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Firgas contra la sentencia del TSJC de julio de 1993 que declaró contrarias a derecho las normas subsidiarias del municipio.
La Comisión de Gobierno se reunión en sesión extraordinaria el 22 de marzo de 1995 y a ella asistieron los acusados salvo José Manuel Marrero Navarro y el secretario Domingo Arias, que fue sustituido por Humberto Cruz.
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