San José.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA hizo pública hoy una sentencia contra Argentina por el caso del periodista Eduardo Kimel, en la que además aceptó el reconocimiento de responsabilidad internacional efectuado por el Estado.
El Estado "debe adecuar en un plazo razonable su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos" en los delitos de injurias y calumnias para que "no afecten el ejercicio del derecho a la libertad de expresión", agrega la sentencia.
La Corte, con sede en Costa Rica, emitió la sentencia el pasado 2 de mayo, pero la hizo pública hoy en su pagina de Internet, luego de haberla dado a conocer a las partes involucradas, que terminaron este proceso con una solución amistosa en octubre pasado.
El caso se relaciona con violaciones a la libertad de expresión y garantías judiciales del periodista y escritor Eduardo Kimel, quien fue condenado a un año de cárcel por calumnias tras la publicación de un libro sobre una investigación suya acerca del asesinato de cinco religiosos conocida como "La masacre de San Patricio".
El libro criticó la actuación de las autoridades encargadas de la investigación de los homicidios, entre ellas un juez, quien el 28 de octubre de 1991 promovió una querella contra el escritor por el delito de calumnia, que finalizó en el 2000 con una condena de un año de prisión que quedó en suspenso.
En la resolución, la Corte determinó que el fallo condenatorio que emitió contra Kimel la Justicia argentina "implicó la violación de su derecho a la libertad de expresión", por lo que ordenó "dejar sin efecto dicha sentencia en todos sus extremos".
Esto quiere decir que Argentina debe dejar sin efecto "la calificación del señor Kimel como autor del delito de calumnia, la imposición de la pena de un año de prisión en suspenso y la condena al pago de 20.000 pesos argentinos".
El Estado "debe adecuar en un plazo razonable su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos" en los delitos de injurias y calumnias para que "no afecten el ejercicio del derecho a la libertad de expresión", agrega la sentencia.
El alto tribunal condenó al Estado a indemnizar al escritor con 10.000 dólares por daño material, 20.000 dólares por daño inmaterial y 10.000 dólares por concepto de gastos y costas del proceso.
El Estado también debe "eliminar inmediatamente el nombre del señor Kimel de los registros públicos en los que aparezca con antecedentes penales relacionados con el presente caso".
Además, Argentina deberá realizar un acto público de reconocimiento de la responsabilidad y publicar la parte resolutiva de la sentencia en el diario oficial y en otro de circulación nacional.
Durante el proceso ante la Corte Interamericana, el Estado de Argentina reconoció su responsabilidad internacional en este caso, hecho que fue aceptado tanto por los representantes de las víctimas como por el alto tribunal.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Sus sentencias son de acatamiento obligatorio para los Estados miembros de la OEA.
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