MADRID.- La Sala del 61 del Tribunal Supremo se reunirá hoy, a partir de las 10.00 horas, para estudiar la admisión de las demandas de ilegalización contra PCTV y ANV presentadas tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado. Es previsible que el alto tribunal fije también el procedimiento a seguir respecto de las medidas cautelares dirigidas a impedir que ambos partidos concurran a los comicios del 9-M.
La Sala del 61 del Tribunal Supremo se reunirá hoy, a partir de las 10.00 horas, para estudiar la admisión de las demandas de ilegalización contra PCTV y ANV presentadas tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado. Es previsible que el alto tribunal fije también el procedimiento a seguir respecto de las medidas cautelares dirigidas a impedir que ambos partidos concurran a los comicios del 9-M.
Fuentes del alto tribunal destacaron ayer la importancia de la fijación del calendario a seguir por la Sala para deliberar sobre si debe suspenderse o no el derecho de ambos partidos a la presentación de candidaturas de cara a las elecciones del próximo 9 de marzo.
La Fiscalía ha solicitado que esta decisión sea adoptada de forma "sumarísima", obviando el trámite de audiencia a las partes, es decir, sin dar plazo o celebrar una vista pública para conocer las alegaciones al respecto por parte de los abogados de las formaciones políticas demandadas.
No obstante, las mismas fuentes han señalado que es poco probable que la Sala del 61 acceda a esta petición, al entender que la suspensión de un derecho fundamental como es el de poder presentarse a unas elecciones merece la garantía de conocer los argumentos de los afectados. De no hacerlo así, cabría el riesgo de que la medida cautelar pudiera ser "tumbada" tras un eventual recurso de los partidos ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con la consiguiente repercusión en todo el proceso.
Por ello, es previsible que durante la sesión de hoy los 16 magistrados que componen la denominada Sala Especial del Artículo 61 se limiten a deliberar sobre el procedimiento a seguir puesto que, al contrario que lo que ocurre con los trámites para la ilegalización en sí, cuyos plazos establece de forma pormenorizada la Ley de Partidos Políticos (LPP), para la adopción de medidas cautelares la norma se limita a remitir a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En cuanto a la petición por la Fiscalía para que, en todo caso, el tema se resuelva antes del próximo 11 de febrero, que es cuando se proclaman las candidaturas electorales, fuentes de la Sala señalaron que, de adoptarse esta medida, el tribunal se evitaría tener que deliberar días más tarde sobre un contencioso-electoral dirigido a impugnar dichas listas, una vez presentadas.
No obstante, el plazo del 11 de febrero no obliga al alto tribunal, puesto que también cabría la posibilidad de adoptar las medidas cautelares solicitadas y anular las listas después de que estas fueran oficialmente proclamadas.
SALA PROVISIONAL
La Sala del artículo 61 está presidida por el propio presidente del Supremo, Francisco José Hernando, y la componen además los presidentes de cada una de las cinco Salas (Civil, Penal, Contencioso-Administrativa, Social y Militar) y los magistrados más antiguos (que llevan más tiempo en las mismas) y los más modernos (los últimos en llegar) en cada una de ellas.
En todo caso, la Sala del 61 que se reunirá hoy tendrá una composición provisional, puesto que no podrá acudir a la misma el nuevo presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner, cuyo nombramiento fue aprobado ayer por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que todavía no ha tomado posesión de su cargo.
En el mismo caso se encuentra Rosa María Virolés, la más moderna de la Sala de los Social, cuyo puesto será ocupado en la Sala por la magistrada María Luisa Segoviano.
Además de la suspensión del derecho a acudir a las urnas, la Fiscalía y el Abogado del Estado solicitan otras medidas cautelares contra PCTV y ANV, como son la suspensión cautelar de las actividades de ambas formaciones, el cierre provisional de sus sede y demás inmuebles y el embargo de sus cuentas bancarias.
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